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Congreso actualiza atribuciones de autoridades en materia de bienestar animal

 

México (Newsmexico.com.mx).- De los ordenamientos aprobados por el pleno del Congreso local en el tercer año legislativo, destaca una modificación propuesta por la Comisión de Bienestar Animal que reforma disposiciones de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, para fortalecer las atribuciones de diversas autoridades competentes en el cuidado y resguardo de los animales.

El dictamen aprobado establece como atribución de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, emitir normas que evalúen el bienestar animal y para coordinar la creación y operación del registro de prestadores de servicios, establecimientos mercantiles y escuelas de adiestramiento.

De acuerdo al instrumento legislativo aprobado, corresponde a Secretaría de Seguridad Ciudadana realizar operativos en mercados y establecimientos que se tengan identificados por venta, pensión y escuelas de adiestramiento, con la finalidad de atender posibles anomalías o violaciones a la ley.

Respecto a la Secretaría de Salud, se adiciona a sus facultades establecer que la aplicación de la eutanasia animal se realice al existir lesiones que no puedan ser atendidas y provoquen dolor o sufrimiento que no pueda ser aliviado; por enfermedades graves incurables; y por problemas conductuales que pongan en peligro su vida o la de otros, conforme a un diagnóstico que emita un médico veterinario zootecnista que cuente con una especialización o certificación comprobable en materia de etología.

Por su parte, las alcaldías suman a sus facultades emitir la Clave de Registro de Establecimientos; establecer y regular las clínicas veterinarias ubicadas en la demarcación, así como las pensiones, escuelas de adiestramiento y análogas; establecer y administrar zonas de resguardo temporal a su cargo; realizar recorridos para rescatar animales abandonados en la vía pública o en situación de calle y llevarlos a las zonas de resguardo temporal a su cargo y gestionar la eutanasia, entre otros.

En el mismo sentido, los establecimientos autorizados para venta de animales tienen la obligación de entregar un certificado de venta a quien lo adquiera, mismo que deberá de contener un certificado de libre displasia de cadera en animales que por cuestiones y condiciones de origen puedan adquirirla.

La Agencia de Atención Animal tendrá las siguientes atribuciones: capacitar a los paseadores de perros; emitir los lineamientos técnicos en que se deberá basar el paseo de perros; implementar y administrar un padrón de las personas físicas y morales que se dediquen a esta actividad; y elaborar las bases para proporcionar tratamiento etológico a los animales alojados en las zonas de resguardo temporal de las alcaldías.

Finalmente, la citada agencia contará con un Consejo de Atención Animal local, un órgano de consulta y coordinación gubernamental, que se integrará por las personas titulares de la Jefatura de Gobierno, Brigada de Vigilancia Animal, Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, Fiscalía General de Justicia, y Servicio Público de Localización.

De igual forma, participarán cuatro representantes del sector académico, uno del Comité de Bioética de la Agencia, cinco personas representantes de las organizaciones de la sociedad civil y de las secretarías del Medio Ambiente, y de Salud, de la Agencia de Protección Sanitaria, Seguridad Ciudadana, Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, de Cultura, Dirección de Justicia Cívica de la Consejería Jurídica y Servicios Legales.

 

 

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