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Fundado 24 de marzo de 2008 | 18 de agosto de 2025 |
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Congreso aprueba dictamen para regular la micromovilidad
El también Presidente de la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, mencionó que las modificaciones anteriores obedecen al incremento en el uso de vehículos de micromovilidad eléctrica —como scooters, motonetas y bicicletas eléctricas— impulsado por su accesibilidad, bajo costo operativo y facilidad de desplazamiento en trayectos cortos. Sin embargo, este fenómeno ha rebasado la capacidad regulatoria del marco jurídico local, generando un vacío normativo que compromete tanto la seguridad vial como los derechos de movilidad. “Además la falta de normativa actual ha dado paso a situaciones de riesgo cotidiano por la circulación de estos vehículos en las banquetas, sin casco o a exceso de velocidad, poniendo en peligro constante al peatón”, comentó durante el desarrollo de la Segunda Sesión Extraordinaria en el Congreso de la Ciudad de México. Ahora estos tipos de vehículos tendrán que contar con una licencia tipo A y B, según su peso y movilidad: Tipo A: Con peso menor a 35 kilogramos Tipo B: Con peso mayor a 35 kilogramos y hasta 350 kilogramos.
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