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Congreso CDMX modificó Ley de Centros Penitenciarios en favor de las madres privadas de la libertad

México (Newsmexico.com.mx).-   A fin de brindar a las hijas e hijos de mujeres privadas de la libertad los elementos necesarios y suficientes para su pleno desarrollo, el Congreso local aprobó el dictamen a la iniciativa para reformar los artículos 59 y 61 de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, presentado por la Comisión de Seguridad Ciudadana.

A nombre de la comisión dictaminadora, su presidente, el diputado Nazario Norberto Sánchez (MORENA) recordó que el sistema penitenciario mexicano ha tenido grandes cambios, al transitar de un modelo regeneracional a uno de readaptación social y finalmente a uno de reinserción social, en que se reconocen los derechos humanos de las personas recluidas, particularmente los de las mujeres, “para garantizarles una vida digna al interior de los centros penitenciarios”.

En este sentido, la iniciativa presentada por la diputada Tania Nanette Larios Pérez (PRI) recuerda que la autoridad tiene la obligación de proveer a las y los menores de la alimentación adecuada y saludable, educación, vestimenta, atención pediátrica e instalaciones adecuadas.

El legislador Norberto Sánchez expuso que a pesar de que la Constitución local y otras leyes locales mandatan el cuidado de los infantes y les garantizan el reconocimiento pleno y el ejercicio de sus derechos humanos, aún es materia pendiente garantizar el cumplimiento de estas obligaciones.

“Las condiciones de encierro afectan tanto a las madres como a sus hijos. La peor situación que soporta la mujer presa se traduce en consecuencias directas o indirectas para sus pequeños”, aseguró.

Cabe señalar que en México existen 222 mil 369 personas en reclusión a nivel nacional, de las cuales 12 mil 480 son mujeres, lo que representa el 5.61 por ciento de la población penitenciaria. En lo que respecta a la Ciudad de México en 2021, según la Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad (ENPOL), en los centros penitenciarios se

encontraban 26 mil 529 personas privadas de la libertad, de las cuales el 6 por ciento eran mujeres, y en la actualidad hay más de mil mujeres reclusas en la capital.

Durante la discusión del dictamen se aprobó la reserva al artículo transitorio segundo, a propuesta de la congresista Larios Pérez, para establecer que se deberán proveer las condiciones de infraestructura necesarias para garantizar que la niñez que nació y crece en los centros penitenciarios tenga espacios dignos, donde puedan recibir educación, atención médica de calidad y una alimentación balanceada.

En periodo extraordinario de sesiones, se aprobó la siguiente modificación: “Artículo 59. La Subsecretaría garantizará espacios dignos, adecuados y separados de la población general en los Centros Penitenciarios femeniles para las madres privadas de la libertad cuyos hijos menores de edad permanezcan con ellas, proporcionando las condiciones de vida que garanticen su sano desarrollo y asegurando sus necesidades de higiene, esparcimiento, educación, atención médica, así como la alimentación adecuada y saludable para su estancia. En toda determinación o resolución relativa a madres privadas de la libertad cuyos hijos permanezcan con ellas, se garantizará el interés superior de la niñez”.

En lo que toca al artículo 61, quedó de la siguiente forma: “La Secretaría de Salud adoptará las medidas necesarias para que los hijos de las personas privadas de la libertad embarazadas nazcan en instituciones hospitalarias fuera de los Centros Penitenciarios y de segundo nivel que cuenten con especialistas en pediatría y gineco- obstetricia”.

“Si la hija o el hijo tuvieran alguna discapacidad, la madre privada de la libertad podrá solicitar a la autoridad penitenciaria la ampliación del plazo de estancia a su cuidado, la cual podrá otorgarla considerando la opinión de la Secretaría de Salud por el tiempo que sea necesario. En todo caso, se resolverá ponderando el interés superior de la niñez”, indica este artículo.

 

 

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